La Corte Constitucional de Colombia anunció la legalización del suicidio médicamente asistido (SMA) en esa nación. A diferencia de la eutanasia, en el caso de la SMA es el paciente el que ejecuta la acción de acabar con su vida.
La decisión de la Corte avala el SMA en el mismo grado que se permite la eutanasia. Un paciente diagnosticado con una lesión corporal, enfermedad grave o incurable, así como dolores físicos y psíquicos al punto de tortura, puede manifestar su intención de acabar con su vida y la asistencia de un médico.
El alto tribunal tuvo que hacer frente a una demanda presentada en contra del inciso segundo del artículo 107 del Código Penal, el cual penaliza la inducción el suicidio.
Sin embargo, en su sentencia condiciona a ese a ese artículo dejando en claro que el SMA no es delito porque es un procedimiento constitucionalmente protegido.
NAM/NTN24
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