sábado 6 de junio de 2026

¡EXIGE REENGANCHE, SUELDOS CAÍDOS Y REEMBOLSOS! Arquitecta demanda justicia en caso sobre accidente laboral || Videos

Justicia; traducida en un inmediato reenganche laboral con reconocimiento de todos los gastos acarreados como consecuencia de un accidente laboral no reconocido ni cubierto por la empresa y los sueldos caídos durante el tiempo del despido injustificado calculados como lo establece la ley, es lo que exige la arquitecto Marvella Saez Villasmil a la compañía Inversiones Raven Romero C.A., ahora denominada Comercializadora Raven Romero C.A, cuyo nombre de franquicia es BoConcept Maracaibo.

Saez, quien comenzó a laborar en esa empresa en 2017, ha transitado un viacrucis desde el 06 de agosto del año 2021 cuando, en cumplimiento de una asignación laboral, tuvo un accidente que le devino en la fractura de su hombro derecho, lo cual le valió un reposo indicado por el médico traumatólogo.

Como Raven y Romero C.A. no estaba inscrita en Inpsasel ,afirma Saez, no le reconocieron el accidente ni cubrieron su tratamiento: «Acudí a un CDI, me dieron reposo por 10 días y me remitieron a traumatología. Consigné a la empresa todos los informes y lo que hicieron fue despedirme con un argumento absurdo: ‘es lo mejor para ambas partes’. Algo que considero una gran injusticia».

Inversiones Raven Romero C.A. empresa dedicada a venta de mobiliario y diseño de interiores está ubicada en el antiguo Centro Comercial Almaguán, en la avenida 8 Santa Rita con calle 77, en Maracaibo, estado Zulia.

Desde entonces y hasta ahora, para Saez ha sido un verdadero calvario el que viene transitando, porque, en una denuncia que, a las luces de la justicia, al presentar sus pruebas de convicción, parece sencillo de resolver, se ha convertido en un ‘cangrejo’ judicial, porque ahora ni siquiera aparece el expediente.

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Saez acude al traumatólogo pidiendo prestado dinero para costear la consulta y cuando éste la evalúa le diagnostica fractura de hombro ordenando suspensión médica por tres meses y tratamiento.

La compañía decide despedir a la trabajadora violando la inamobilidad laboral, violando, además, el reposo médico, dejando a la trabajadora a la deriva con un accidente que fue en el marco de sus actividades de trabajo y desentendiéndose de los gastos, los cuales todos corrieron por cuenta de ella y no cancelándole su respectivo sueldo a partir del momento de ser liquidada.

Modular involucrado en el accidente laboral

Saez Villasmil, se presenta con todas sus pruebas en la mano. No teme seguir adelante en lo que considera ella es un legítimo derecho a exigir justicia con un procedimiento empresarial injusto en su contra. Ella recuerda que el día que se lesionó, fue ‘obligada’ a movilizar un mobiliario sin la presencia del ayudante que fue requerido para otra labor, por lo tanto, el chofer de la camioneta que transportó las piezas hasta el sitio del cliente y Saez, tuvieron que sacar de la camioneta las piezas y movilizando una de regular tamaño y peso, fue lo que a ella le provocó la lesión.

He allí el modular involucrado en el accidente laboral: «La empresa no me proveyó de los insumos de seguridad requeridos para el trabajo; casco, guantes, botas de seguridad, porque, entre otras cosas, me solicitaron movilizar yo misma un mobiliario cuando esa no es mi competencia directa, sino tratar con el cliente y diseñar los espacios. Sin embargo, a modo de colaboración y de la pasión que siempre he tenido por mi trabajo, yo asumí la tarea que se me asignó y lamentablemente ocurrió el accidente.

Providencias en favor de la trabajadora

Ante tal injusticia la agraviada, como primer paso se dirige a la Inspectoría del Trabajo para solicitar su reenganche laboral tras considerar injustificado el despido. Seguidamente, acude al Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (Inpsasel), donde se refrenda que su lesión física sufrida ocurrió en medio de una asignación laboral, prueba que consigna ante la Inspectoria, la cual, según Saez, genera una providencia administrativa en su favor ordenando la inmediata reincoporación a la compañía.

«La respuesta de la compañía -expone Saez Villasmil- es demandar la nulidad de los efectos, tanto de la providencia administrativa de la Inspectoría del Trabajo como de la certificación médica de Inpsasel demandas de nulidad presentadas ante los tribunales laborales, Cuarto (4°) de Juicio y Segundo (2°) Superior del estado Zulia con el propósito de tratar de desvirtuar todo y no hacerse responsables por los daños que me han ocasionado».

Se acude al Ministerio Público

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Ante la acción ejercida por la compañía, Saez Villasmil y sus juristas se presentan en Fiscalía e introducen la denuncia y comienza la audiencia de las medidas cautelares.

El desacato del reposo por lesión ocurrida en el campo laboral y el despido injustificado, tras la suspensión de tres meses de la empleada son las dos irregularidades que denuncia la trabajadora, para lo cual inicia una demanda laboral y otra penal.

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Dos demandas

Desde que Saez inició esta lucha ha tenido dos enemigos; por un lado la compañía que, según ella, juega al desgaste para hacerla desistir de una batalla legal en busca de justicia para ella y por el otro irregularidades notables en el debido proceso.

«Aún no hemos culminado los procesos laborales, que tienen que ver con la providencia administrativa que Raven y Romero C.A. se negó a acatar e iniciamos ahora los procesos penales por dicho desacato existiendo una prejudicialidad, porque, ahí es donde vienen las irregularidades notables en el debido proceso, el caso fue sobreseído sin esperar los resultados de los tribunales laborales».

«Cuando ocurre un accidente laboral -argumenta la agraviada- toda empresa debe notificarlo antes de los diez días posteriores al accidente al Inpsasel esté o no inscrita la compañía y esta empresa no lo hizo, nunca notificó y como no lo hicieron yo fui al Inpsasel a notificar lo de mi accidente, en Inpsasel corroboran la veracidad de mi situación y al acudir al Ministerio Público, se inicia una investigación».

Fiscalías 45 y 78 ¿Qué pasó con el expediente?

El caso pasa a manos, en Maracaibo, de la Fiscalía Cuadragésimo Quinta (45) en Derecho Fundamental y luego es radicado en Caracas en la Fiscalía Septuagésimo Octava (78) Nacional con competencia en Derechos Laborales y Derechos Humanos.

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«La Fiscalía 78° le solicita a la empresa una serie de evidencias probatorias que nunca fueron consignadas y el día 14 de noviembre de 2023, la Fiscalía 78° me sale con la sorpresa al dar un sobreseimiento a las causas 73620-23 y 131738-23 y lo hace sin notificarme como víctima y denuniante y todo esto lo hacen aún sabiendo que la empresa no consignó nada de lo que le solicitó la Fisalía existiendo elementos de convicción para avanzar en la investigación y es aquí donde yo me pregunto con dolor y con tristeza ¿Por qué la fiscal cerró el caso sin esperar los resultados de sus propias investigaciones? Cerró el caso pasando por alto lo decidido por la Inspetoría del Trabajo y el Inpsasel, cerró el caso sin siquiera haber leído el expediente que siempre estuvo en Maracaibo. La fiscal, al cerrar el caso violó mis derechos porque tengo una discapacidad parcial permanente para un trabajo habitual en un 40%, eso significa, que la Fiscalía 78° Nacional se puso del lado de la empresa».

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Saez afirma que cuando el caso fue sobreseído no tenía ni ocho meses desde que se inició. El sobreseimiento es presentado ante la Presidencia del Circuito Penal el día 14 de noviembre de 2023 y en ningún momento, el fiscal citó a los inversionistas (propietarios) para entrevistarlos ni quiso citar al Inspector del Trabajo ni a la médico de Inpsasel dándole como argumento a la denunciante que eso «se daba por probado».

«¿Cuál es la motivación para cerrar un caso tan pronto y sin concluir?. Como dije, la causa fue enviada a la Presidencia del Circuito Penal del estado Zulia y mis abogados muhas veces han acudido para saber a cuál tribunal le corresponde ahora llevar el caso, diciéndoles que la causa iba a ser distribuida al tribunal Décimo Segundo (12) de Control para, después, salirnos con que la causa no aparece, es decir, desapareieron el expediente».

«Pido justicia, es todo»

Por norma procedimental de hecho y de derecho no es posible ni admisible un sobreseimiento de un caso sin el conocimiento de los resultados de las actuaciones judiciales previas correspondientes.

«Iversiones o Comercializadora Raven y Romero C.A me perjudicó. Estoy imposibilitada para trabajar, desconocieron cuatro años de esfuerzo, responsabilidad y compromiso, que les dediqué como arquitecto, desatendieron por entero mi accidente laboral y ahora ejercen presión para dilatar el caso, para, burlando los procedimientos de ley, desaparecer un expediente y no reconocerme lo que por justicia me corresponde y esa es mi lucha y mi exigencia».

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Marvella Sáez Villasmil espera que se encauce las actuaciones y se haga justicia con su difícil situación.En este instante, la joven profesional no puede conseguir trabajo, porque la lesión que le ocasionó aquel accidente laboral no reconocido por la compañía le dejó secuelas aún notables en su hombro y aunado a ésto, la profesional ha tenido que recurrir a familiares y amistades para poder costear todo lo que involura, no solo su tratamiento médico, sino todas las gestiones atinentes a su caso.

NAM/ Ernesto Ríos Blanco

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