sábado 1 de agosto de 2026

¡DAÑO PATRIMONIAL! TSJ mantiene privativa para acusada por estafa a Pdvsa

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró inadmisible una solicitud de avocamiento interpuesta por los abogados de Kristina Antonorsi Quintero, acusada de cometer un fraude contra Petróleos de Venezuela (Pdvsa).

Mediante el avocamiento, la defensa privada de Antonorsi Quintero pretendían la liberación de esta persona, toda vez que habían transcurrido dos años sin que se haya emitido alguna sentencia firme derivada del juicio seguido en su contra.

Los abogados aducen que esa posibilidad de libertad está consagrada en el artículo 230 del Código Orgánico Procesal Penal, donde se prevé que “la privación preventiva no puede exceder los 2 años. Si se cumple este lapso sin una sentencia condenatoria, la medida decae”. En ese sentido, la defensa de Kristina Antonorsi recordó que ella fue detenida el 9 de octubre de 2022 y el 14 de octubre de 2024, ya pasados los dos años, solicitaron al Tribunal 1° de Juicio con competencia para conocer causas vinculadas con delitos de terrorismo, que le otorgara la libertad sin restricciones. Para ese momento, el Ministerio Público no había solicitado prórroga alguna de la privativa de libertad que pesa sobre Kristina Antonorsi.

El 30 de octubre de 2024, el mencionado tribunal antiterrorista declaró sin lugar el pedimento de dejarla en libertad formulado por sus abogados. Tal decisión fue avalada por la Corte de Apelaciones el 30 de enero de 2025.

En virtud de esos reveses, los abogados de Antonorsi solicitaron la intervención de la Sala Penal a través del avocamiento, recurso en el cual denunciaron que la Corte de Apelaciones “convalidó tácitamente un fraude procesal del tribunal de primera instancia”.

Al abundar en esa denuncia, los defensores de Quintero explicaron que el Ministerio Público olvidó solicitar la prórroga de la privativa impuesta a Quintero para poder proseguir el juicio contra ella. Adujeron que, para subsanar tal olvido, el Ministerio Público le colocó la fecha de 4 de octubre de 2024 a su solicitud para que se prorrogue por un año la privativa de libertad contra Antonorsi Quintero, aun cuando el sello húmedo dejó registrado que fue el 28 de octubre. Los abogados dicen que ese planteamiento del Ministerio Público debió ser desestimado por el tribunal antiterrorista debido a que “fue presentada con un injustificable retraso de 17 días respecto a la fecha afirmada”.

Ante esa denuncia, los magistrados de la Sala Penal del TSJ precisaron que “el estricto cumplimiento de los lapsos procesales no constituye una mera formalidad, sino que representa una garantía medular del derecho al debido proceso y a la tutela judicial efectiva”.

En atención a esa aclaratoria, la Sala Penal no pasó por alto la presunta infracción cometida por el Ministerio Público al colocar una fecha inexistente para calzar los tiempos en que debió solicitar la prórroga de la prisión decretada contra Quintero. Ante ello, los magistrados dicen que “el relajamiento de los lapsos legales para la interposición de solicitudes fiscales o la emisión de decisiones judiciales podría configurar, en principio, una irregularidad de orden público que afecta la celeridad y la legalidad del proceso penal”.

Pese a ello, los magistrados declararon inadmisible el planteamiento de los abogados de Antonorsi porque “el avocamiento no es el mecanismo idóneo para la verificación fáctica de actas procesales”.

El daño patrimonial

La investigación del Ministerio Público determinó que Kristina Antonorsi Quintero le causó un daño patrimonial a la empresa Arcos Services Ecuador que asciende a € 33.218.305,70, “que dejó de pagarle a Pdvsa por la venta de casi un millón de barriles de crudo”.

De acuerdo a lo investigado por Fiscalía, Antonorsi y otros “forman parte de un grupo de delincuencia organizada, que mediante artilugios comercializaron de manera ilícita el crudo asignado por Pdvsa para su venta a la empresa Arcos Services”.

La mujer se ofreció como intermediaria para colocar ese crudo en China a través de Aetos Shipping, quien ofertó dos buques para cargar 1.900.000 barriles de crudo, pero solo cargó uno.

 

NAM/Agencias