La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), en ponencia conjunta de los Magistrados y Magistradas que la integran, admitió la acción por intereses colectivos interpuesta por un grupo de ciudadanos contra el gobernador del estado Miranda, Henrique Capriles Radonski, a quien le ordena evitar que se obstaculicen las vías públicas.
La sentencia N° 389/2017 acordó un amparo cautelar que ordena al gobernador mirandino realizar todas las acciones y utilizar los recursos materiales y humanos necesarios, en el marco de la Constitución y la ley, a fin de evitar que se coloquen obstáculos en la vía pública que impidan el libre tránsito de las personas y vehículos, además, proceder a la inmediata remoción de barricadas y mantener las vías y zonas adyacentes a éstas libres.
“La Sala tambien le ordena cumplir con su labor de ordenamiento del tránsito de vehículos para garantizar un adecuado y seguro desplazamiento por las vías públicas y ejercer la protección de los vecinos y habitantes de la entidad, impidiendo reuniones que coarten el libre tránsito y en las que se consuman bebidas alcohólicas y sustancias psicotrópicas y estupefacientes; garantizar la protección a los niños, niñas y adolescentes para que ejerzan plenamente sus derechos y garantías de conformidad con lo establecido en el Texto Fundamental y Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes”.
TSJ admite demanda por intereses colectivos y difusos contra Gobernador del estado Miranda https://t.co/jjUhAbnDYG pic.twitter.com/jWcqFG3LlZ
— TSJ Venezuela (@TSJ_Venezuela) 1 de junio de 2017
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