viernes 3 de mayo de 2024

¡TSJ DEJA A LA PRIMARIA SIN EFECTO! Admite recurso interpuesto para la suspensión de la elección interna de oposición || ¿Todo queda anulado?

La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), admitió este viernes 30 de octubre, el recurso presentado por el diputado de la Asamblea Nacional, José Brito y ordenó suspender «todos los efectos de las distintas fases del proceso electoral conducido por la Comisión Nacional de Primaria (CNdP)».

La  sentencia del TSJ que deja sin efecto la Primaria, publicada en su web indica que «la Comisión Nacional de Primaria, de conformidad con el artículo 184 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, remitir a este órgano judicial los Antecedentes Administrativos, contentivos de las veinticinco (25) fases que deben regir al Proceso Electoral, desde la Convocatoria y su constitución como Comisión Electoral, pasando por el Cronograma Electoral, Registro Electoral con sus lapsos de impugnación y depuración, Postulaciones con sus lapsos de impugnación y depuración, incluyendo el Acta de Aceptación de la Postulación, formulada por la ciudadana inhabilitada de manera firme por quince (15) años, María Corina Machado; así como las renuncias del ciudadano Henrique Capriles, inhabilitado de manera firme por quince (15) años, Freddy Superlano, inhabilitado de manera firme por siete (7) años, y las de cualquier otro ciudadano o ciudadana que haya decidido renunciar a su candidatura; las Actas del evento celebrado el 22 de octubre de 2023, incluidas las Actas de Constitución de las Mesas Electorales, los Cuadernos de Votación, las Papeletas de Votación, las Actas de Escrutinios, así como las Actas de Totalización Regionales, el Acta de Totalización Definitiva, el Acta de Adjudicación y la de Proclamación».

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También, la Sala Electoral ordenó remitir «un Informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, indicando el mecanismo empleado para el resguardo del material electoral y el lugar destinado a tal efecto; todo ello relacionado con la demanda, según lo establecido en el artículo 184 eiusdem, en un lapso de tres (3) días de despacho contados a partir de su notificación».

Asimismo, el TSJ notificó al fiscal impuesto por Maduro, Tarek William Saab, «con vista a las múltiples y graves denuncias relacionadas con ese evento electoral» por considerar que «pudiesen configurar la presunta comisión de delitos contra la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la presunta comisión de ilícitos electorales y la presunta comisión delitos comunes».

El pasado 24 de octubre, Brito, presentó un recurso contencioso ante la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), donde calificó como invalidad la elección primaria.

El parlamentario expresó en su momento su esperanza de que la «Sala Electoral del TSJ actúe de manera diligente y establezca responsabilidades» y calificó el evento ciudadano como «una estafa a la nación haber abultado las cifras de participación».

NAM/Vía Monitoreamos

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