sábado 6 de junio de 2026

¿TOCA INDEMNIZAR, A QUIÉN Y CÓMO? Lo que establecen los estamentos y lo que corresponde hacer ahora con las familias afectadas || Explosión en San Francisco

Ya no hay humo. La zona de desastre está en calma. Solo queda el desguazo, la devastación, los olores, los residuos y los escombros. Más de 480 viviendas resultaron afectadas, muchas de ellas en su totalidad, situadas en al menos cinco comunidades a la redonda. ¿Quién les responde ahora a estas familias por sus hogares?

En Venezuela, la indemnización por daños derivados de explosiones se rige por los principios de responsabilidad civil, donde la persona o empresa que cause el daño debe resarcir a los afectados, buscando la reparación integral. Las leyes aplicables son la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo, que establece indemnizaciones por daños y perjuicios, y el Código Civil y Penal, que contemplan los daños materiales, el daño moral y las sanciones penales por delitos. 

La Resolución Conjunta Nº 327 y 20758 de fecha 09 de diciembre de 2011, mediante el cual se dictan las Normas Generales y Protocolos de Actuación de los Órganos Competentes Dentro del Territorio de la República Bolivariana de Venezuela, para Regular la Seguridad en la Comercialización al Detal, Almacenamiento, Transporte, y uso de los Artificios Pirotécnicos, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.818 de fecha 12 de diciembre de 2011, ofrece luces sobre posibles responsabilidades.

El artículo 3 es muy claro: “Son competentes para hacer cumplir la presente Resolución Conjunta dentro del ámbito de sus atribuciones legales y en el marco de sus respectivas competencias atribuidas en la Constitución y leyes de la República Bolivariana de Venezuela, la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, la Policía Nacional Bolivariana, las Policías Estadal y Municipal, los Cuerpos de Bomberos y Bomberas y Administración de Emergencias de Carácter Civil, y la Organización Nacional de Protección Civil y Administración de Desastres”.

Marco Legal y Claves 

  • Responsabilidad Civil: 
    Se basa en el daño causado a terceros por la acción o inacción de una empresa o particular.
  • Reparación Integral: 
    La indemnización busca no solo cubrir los daños materiales evidentes, sino también el daño moral y los daños emergentes (lucro cesante).
Leyes Relevantes
  • Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras (LOTTT): Esta ley puede ser invocada en accidentes laborales, que podrían incluir explosiones. Establece la responsabilidad objetiva del patrono y las indemnizaciones correspondientes. 
  • Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo: Contempla indemnizaciones por accidentes o enfermedades laborales. 
  • Código Civil: Regula la reparación de daños materiales y morales de forma general. 
  • Código Penal: Establece los delitos por la posesión o uso indebido de explosivos y las sanciones penales correspondientes. 
  • Ley Orgánica del Servicio de Bombero y de los Cuerpos de Bomberos y Bomberas y Administración de Emergencia de Carácter Civil: Establece las competencias de los cuerpos de bomberos para la prevención, protección e investigación de incendios y otros eventos generadores de daños.

Procedimiento 

  1. Denuncia y Reclamación: 
    Las víctimas o sus representantes pueden presentar la denuncia ante los tribunales del trabajo, en caso de accidente laboral, o ante los tribunales civiles.
  2. Prueba de Hecho Ilícito: 
    Es necesario demostrar los extremos que configuran el hecho ilícito (la negligencia, impericia o imprudencia de quien causó la explosión) para obtener la indemnización.
  3. Cálculo de la Indemnización: 
    Se consideran el daño material tarifado por la ley, el daño material que supere esa tarifa (daño emergente y lucro cesante), y el daño moral.
Es fundamental que un abogado revise el caso específico, pues la responsabilidad y el cálculo de la indemnización dependerán de las circunstancias particulares de la explosión y la legislación aplicable.
Las autoridades municipales, el Estado venezolano y los dueños de la empresa, tras una investigación seria, deben responder por lo ocurrido e indemnizar a los vecinos afectados. Ahora mismo se está en la fase de investigación con los órganos de inteligencia y de allí se establecerán las responsabilidades.

El gobernador del Zulia, Luis Caldera informó que “organismos de inteligencia” se trasladaron hasta la zona afectada por orden del ministro de Interior y Justicia, Diosdado Cabello, para “delimitar cuáles fueron las causas” de la explosión y atender a los ciudadanos en la zona.

Lo que si es cierto es que las familias de las 482 unidades habitacionales afectadas deben ser resarcidas y tal vez indemnizadas según corresponda para que vuelvan a tener su techo propio el cual perdieron a consecuencia de esta gran explosión. Sin embargo, hay elementos qué observar en este sentido y es la ubicación del galpón y el levantamiento de urbanismos cercanos a un galpón donde se fabricaba artificios pirotecnicos.

Hay normas que regulan la ubicación de zonas residenciales cercanas a este tipo de fábircas, así como a fábricas de armamento militar, misma situación que ocurre con la ubicación de terminales aéreos. Se recuerda hoy como si fuera ayer la tragedia aérea de Ziruma que obligó a reubicar el aeropuerto de Maracaibo en una zona totalmente despoblada, pero que, hoy, de nuevo contempla residenciales muy cerca del terminal. ¿Se siguen violando las normas de seguridad y prevención? El tiempo lo determinará.

NAM/Redacción/Con información de Versión Final

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