miércoles 29 de mayo de 2024

¡SIN MARCHA ATRÁS! En Gaceta Oficial nuevo convenio cambiario

Ya fue publicado en Gaceta Oficial extraordinaria Nº6.405 el nuevo convenio cambiario, que establece la libre convertibilidad de la moneda, en bancos y casas de cambio en todo el territorio nacional

Este viernes el ministro de Economía y Finanzas, Simón Zeroa dio a conocer el nuevo convenio cambiario, que permitirá la compra y venta de divisas tanto en casas de cambio como en bancos públicos y privados a la tasa oficial, aunque no hace mención del sistema de subastas Dicom.

El convenio fue publicado en Gaceta Oficial extraordinaria Nº6.405 con fecha del 7 de septiembre de 2018 y establece la libre convertibilidad de la moneda, por lo que cesan las restricciones sobre las operaciones cambiarias. Además señala que las personas naturales y jurídicas podrán vender hasta 8.500 euros o su equivalente en otra moneda por operación.

El artículo 32 del convenio indica que toda persona podrá mantener cuentas con fondos en moneda extranjera provenientes de operaciones de carácter lícito, sean estas de fuentes del exterior o del propio sistema financiero nacional, e inclusive por depósito de efectivo, sin más limitación de aquellas que deriven de la política de prevención de legitimación de capitales y financiamiento al terrorismo.

¿Retiro en efectivo?

Los depósitos en moneda extranjera a que se contrae la presente disposición, podrán movilizarse mediante transferencias, cheques del banco depositario girado contra sus corresponsales en el exterior, así como mediante instrucciones de débito para pagos de gastos de consumo y retiros efectuados con tarjetas en el exterior.

Asimismo, el retiro de efectivo con cargo a dichas cuentas se efectuará conforme a los términos dictados por el Banco Central de Venezuela al efecto. Los fondos en moneda extranjera en cuentas abiertas en instituciones bancarias, correspondientes a personas naturales mayores de edad y jurídicas domiciliadas o no en la República Bolivariana de Venezuela, podrán provenir de cualesquiera operaciones de carácter lícito.

NAM/Tal Cual