La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró improcedente un recurso de amparo interpuesto por Donnys Gregory Ruz Mora, quien solicitaba un sobreseimiento en aplicación de la Ley de Amnistía. Tal decisión está contenida en la sentencia 784 suscrita por los cinco magistrados de la Sala Constitucional y publicada el pasado 10 de junio.
Los magistrados abordaron el caso una vez que Juan Carlos Goitía, abogado de Ruz Mora acudió a la Sala Constitucional e interpuso un recurso de amparo contra la decisión dictada el 4 de marzo pasado por la Sala 9 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual negó la solicitud de amnistía presentada a favor del procesado.
Para negar la amnistía planteada, los jueces de la citada corte de apelaciones recordaron que Ruz Mora fue detenido por agentes de la Policía Nacional Bolivariana el 5 de octubre de 2024 debido a su presunta participación en “sistemas de apuestas de parley hípicos, presumiéndose que a través de este canal, se obtengan fondos, los cuales pudieran ser desviados para el financiamiento de actividades subversivas…”.
Con esa motivación, el Ministerio Público solicitó abrir un juicio contra Ruz Mora por los delitos de violación a la privacidad de la data, acceso indebido, estafa y asociación para delinquir. Pero, el Tribunal 14° de Juicio de Caracas lo declaró responsable penalmente de fraude y acceso indebido, según sentencia del 27 de noviembre de 2025. Tres meses después de esa sentencia, la Asamblea Nacional aprobó la Ley de Amnistía y el abogado de Ruz Mora aprovechó tal instrumento para solicitar una revisión de la condena que le impusieron a su cliente, presentándolo como un preso por motivaciones políticas, debido a que la detención de éste se produjo en el marco de una investigación sobre los financistas de los hechos violentos escenificados luego de las elecciones presidenciales del 28 de julio de 2024.
Al analizar tal planteamiento, la Corte de Apelaciones de Caracas constató que los hechos por los cuales fue condenado Ruz Mora “no guardan relación con los estipulados en los artículos 6,7 y 8 de la Ley de Amnistía para la Convivencia Democrática, ya que los mismos no son con fines políticos”.
Contra esa decisión de la Corte de Apelaciones es que Ruz Mora interpuso el amparo ante la Sala Constitucional, a cuyos magistrados solicitó decretarle un sobreseimiento conforme a la Ley de Amnistía.
Los magistrados revisaron ese planteamiento, lo declararon improcedente y confirmaron la decisión de la Corte de Apelaciones, cuyos jueces actuaron “en estricto ejercicio de sus competencias” y sin causar “vulneración alguna de derechos constitucionales”, dice la sentencia de la Constitucional.
La Sala ratificó que los delitos por los cuales se le sigue la causa penal a Donnys Gregory Ruz Mora, “no se encuentran señalados en la Ley de Amnistía Para la Convivencia Democrática, para la aplicación del perdón de los delitos cometidos, otorgado por el Estado”.
NAM – Últimas Noticias
Visita nuestro sitio web:
https://noticiaalminuto.com/
X:
https://noticiaalminuto.com/twitter
Instagram:
https://noticiaalminuto.com/instagram
Telegram:
https://noticiaalminuto.com/telegram
Grupo de WhatsApp:
https://noticiaalminuto.com/whatsapp
