martes 16 de abril de 2024

¡FIRMAN DECRETO! Benefician a comerciantes con el pago de impuestos en Maracaibo

Con el fin de beneficiar a todas las empresas de la ciudad de Maracaibo, la Alcaldía Bolivariana firmó este 30 de noviembre, un decreto donde se establece que el monto del pago por concepto del Impuesto sobre Inmueble Urbano, no excederá lo declarado y pagado por concepto de actividades económicas, comerciales e industriales.

El acto tuvo lugar en la sede de la Cámara de Comercio y fue presidido por el alcalde Willy Casanova; la presidenta del Concejo Municipal, Jessy Gascon; el director del Sedemat, Daniel Boza y el presidente de la Cámara de Comercio, Ezio Angelini.

El Alcalde aplaudió los acuerdos realizados junto a la cámara y resaltó que: «nuestro trabajo es buscar acuerdos y puntos para avanzar desde diferentes enfoques por el renacer de la ciudad. Queda una agenda pendiente para el 2021 y Maracaibo está preparada para asumirla».

Por su parte, Jessy Gascon, presidenta de la Cámara Municipal, aseguró que: «es un logro importante que no solo tiene que ver con la flexibilización para el pago de tributos, sino también, con la construcción del aparato legal que armonice el desarrollo y crecimiento de la ciudad».

Finalmente, Ezio Angelini, agradeció la iniciativa del gobierno municipal. «Somos ejemplo para distintos gremios por los acuerdos realizados junto a la Alcaldía. Es necesario seguir trabajando en equipo para la recuperación del comercio y del empresariado».

El decreto permitirá realizar el cálculo del Impuesto sobre Inmueble Urbano equivalente a lo declarado así como las facilidades de pago. En caso de que la declaración sea en cero, para el correspondiente pago impositivo, éste será calculado en base al monto similar que genere el mínimo tributable.

Incentivo tributario
Durante el acto, también se firmó un convenio de incentivo tributario, para el beneficio fiscal de 350 empresas afiliadas a la Cámara de Comercio, para reactivar la economía del municipio.

Este convenio establece descuentos aplicados según el monto a pagar que resulte en la aplicación porcentual de las respectivas alícuotas por concepto de actividades comerciales e industriales.

NAM/Nota de Prensa