lunes 1 de julio de 2024

¡EVITE SANCIONES, HASTA ESTE MARTES HAY CHANCE! Se vence el plazo para el pago del Impuesto Sobre la Renta || Todo lo que debes saber

Evite ser sancionado por impago, todavía tiene chance. Este martes 25 de junio vence el plazo para el pago del Impuesto Sobre La Renta (ISLR), según informó el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT).

“Amigo contribuyente, recuerda que si fraccionaste tu pago del Impuesto Sobre La Renta, tienes hasta el 25 de junio para pagar la tercera porción”, anunció el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) a través de su cuenta oficial en la red social X, donde además podrá consultar cualquier otra información de interés.

El plazo es para personas naturales y jurídicas no clasificadas como Sujetos Pasivos Especiales, cuyo ejercicio fiscal abarque desde el primero de enero hasta el 31 de diciembre de 2023.

Cabe destacar que aquellos que incumplan con la declaración o el pago oportuno del ISLR, serán objeto de sanciones por parte del organismo tributario. Dichas multas van desde 50 hasta 150 unidades tributarias, equivalente a 450 y 1.350 bolívares respectivamente, partiendo del valor de la Unidad Tributaria (UT) el cual se encuentra en 9 bolívares.

Además de evitar sanciones, la solvencia del ISLR es un requisito solicitado en organismos públicos y privados para realizar diversos trámites, como por ejemplo la solicitud de solvencias de créditos o hipotecas en instituciones bancarias; trámites referidos a rifas o promociones ante  la Superintendencia Nacional para los Derechos Socioeconómicos (Sundde), entre otros.

Sanciones por no pagar o eludir impuestos - CURADAS

Lo que debes saber 

  • El artículo 79 de la Ley de Impuesto sobre la Renta detalla que deben declarar dicho impuesto las personas naturales, asalariados con ingreso anual superior a 1.000 unidades tributarias (9.000 bolívares) y no asalariados con ingresos brutos mayores a 1.500 unidades, correspondiente a 13.500 bolívares.
  • Todas las personas jurídicas deben declarar al final de su ejercicio fiscal, aunque no hayan percibido ingresos.
  • Las personas naturales pueden optar por cancelar hasta en tres porciones, la fecha de pago de la primera cuota corresponderá al 15 de mayo de 2024, la segunda el 4 de junio y la tercera el 25 de junio, según destacó el ente en sus redes sociales.
  • La declaración del ISLR deberá ser presentada electrónicamente, de acuerdo a lo establecido en ley.

¿Cómo declarar el ISLR?

  1. La declaración y pago del Impuesto Sobre la Renta se realiza a través del portal www.seniat.gob.ve o en las oficinas del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria.

2. En el portal deberá identificarse como persona natural o jurídica, ingresando con sus datos como contribuyente.

3. Posteriormente deberá seguir los pasos que allí le indican, suministrando los datos de su ejercicio fiscal.

4. Para cancelar el monto del impuesto, el portal da la opción de hacerlo mediante los servicios de banca en línea que ofrecen las distintas instituciones financieras del país.

5.El sistema mostrará un mensaje de confirmación de que su declaración fue realizada exitosamente o mostrando los compromisos de pago adquiridos.

6. Una vez terminado el proceso, se generará un certificado electrónico que demuestra su solvencia.

NAM/SENIAT

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