Por Decreto Presidencial Nº 5.376, publicado en Gaceta Oficial Nº 43.409, de fecha 6 de julio de 2026, se suspende temporalmente la exportación de materiales e insumos para la construcción destinados a atender los efectos causados por los eventos sísmicos del 24 de junio de 2026.
La normativa destacó que se asigna a las subpartidas arancelarias correspondientes el Régimen Legal 1 (Exportación Prohibida) modificando el Arancel de Aduanas vigente, y se delega en el ministro o ministra con competencia en materia de economía y finanzas la facultad para modificar los códigos arancelarios y apéndices del decreto, cuya vigencia regirá hasta el 31 de diciembre de 2026.
Agregó que las prohibiciones de exportación establecidas en el decreto aplicarán a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela hasta el 31 de diciembre de 2026.
NAM/Banca y Negocios
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