lunes 6 de mayo de 2024

¡EN ESPAÑA! Mascotas serán consideradas como un hijo más en los divorcios

Según una modificación de la ley sobre el régimen jurídico de los animales, las mascotas tendrán los mismos derechos que un hijo en casos de divorcios.

La Proposición de Ley que modifica el régimen jurídico de los animales fue aprobada el pasado martes en el Congreso de España con 22 votos a favor, indica que las mascotas serán consideradas por el juez como un hijo más en caso de divorcio.

Esta reforma legislativa modifica el Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil ante el régimen jurídico de los animales.

Las mascotas ya no serán consideradas como bienes inmuebles, ni divididas como si fuesen una casa en caso de herencias o embargos.

En España: Mascotas serán consideradas como un hijo más en los divorcios
Foto: cortesía

Así los animales pasarán a ser seres sintientes para la ley española; por ende, la Justicia será capaz de determinar el régimen de custodia durante los procesos de divorcio o separación, basándose en lo mejor para el animal. 

SOBRE MANUTENCIÓN Y RÉGIMEN DE VISITAS PARA LAS MASCOTAS:

Las mascotas tendrán los mismos derechos que las personas, es decir, el juez tendrá que determinar como siempre, las condiciones en las que se quedan los hijos y las propiedades de la pareja, y además deberá velar por el mejor futuro para las mascotas familiares.

A los animales se les otorgará su régimen de custodia, las visitas, y otras medida cautelares como la manutención. 

LA CUSTODIA COMPARTIDA DE LOS HIJOS SE DENEGARÁ EN CASO DE QUE EXISTA MALTRATO ANIMAL

Esta ley ha sido aprobada con una enmienda del Partido Nacionalista Vasco (PNV) que indica: maltratar a la mascota, o amenazar con hacerlo, supondría en caso de divorcio, que a la persona que haya empleado la violencia con el animal, se le niegue la custodia compartida de los hijos.

Legalmente esto sería una forma de violencia en la que se utiliza a la mascota para maltratar, amenazar o manipular a la expareja.

En España: Mascotas serán consideradas como un hijo más en los divorcios
Foto: cortesía

YA NO SERÁN CONSIDERADOS BIENES SEMOVIENTES

Cuando embargaban en una vivienda, si las mascotas estaban dentro se les podían embargar, de igual manera ocurría en los casos de desahucio. Sin embargo, gracias a esta modificación, las mascotas no serán retenidas, ni separadas de sus dueños en ninguno de los casos, ya que en la legislación se entiende que los animales son «seres vivos dotados de sensibilidad».

La finalidad de esta modificación en la ley es que los derechos de posesión de los animales se ejerzan principalmente por su bienestar y protección. 

QUEDA PROHIBIDO EL SACRIFICIO LAS MASCOTAS DE COMPAÑÍA