jueves 28 de marzo de 2024

¡DESPIERTA CONTROVERSIA CRIMEN PASIONAL DE 2019! Este martes es la audiencia preliminar de la imputada por la muerte de Manuel Fuenmayor Travieso (Detalles)

Se despierta un sonado caso que mantuvo en vilo a la opinión pública para los días 4 de enero de 2019 en adelante, por los intríngulis que se produjeron alrededor de éste, pues este martes, 20 de julio de 2021, es la audiencia preliminar de la imputada Vivian Liliana Jaimes Orduz sindicada de haber sido la presunta homicida del comerciante de automóviles Manuel Alejandro Fuenmayor Travieso. Tras una larga travesía, más bien un viacrucis, que su madre y su equipo de abogados transitaron para que se encaminara el caso apegado a la ley y a la justicia en relación con un crimen que querían hacer ver como suicidio, este martes avanza hacia un juicio que, por todos los medios se trató de omitir.

Es una historia interesante en cuanto a la capacidad de lucha de una madre por la defensa de su hijo, principalmente, porque se sepa la verdad y se haga justicia, una justicia que a veces es trastocada, tratada de vulnerar o de manipular, como refieren los familiares y juristas acusadores en este particular. Recordemos.

El homicidio –ya ha sido confirmado científicamente tras par de exhumaciones al cadáver de Fuenmayor Travieso- se perpetró el día 4 de enero en horas de la mañana (6.30 de la mañana aproximadamente). Este primer elemento es clave y más adelante veremos por qué.

En su momento, NAM hizo la cobertura del esclarecimiento del supuesto suicidio, cuando se determinó que había sido un crimen pasional.

La señora Zindian Margaret Travieso, madre de la víctima envió una comunicación escrita, de fecha 5 de enero de 2021, al ciudadano Dr. Marco Antonio Medina Salas, magistrado, donde ella expone al detalle todas las irregularidades cometidas o pretendidas de cometer con el caso de la muerte de su hijo, por parte de la imputada y su equipo de juristas defensores. Fotografía de este documento anexa a esta nota.

Comunicación explícita y detallada que envía Zindian Travieso al magistrado Dr. Marco Antonio Medina Salas.

Hechos y señalamientos

Antes de pasar a describir, uno a uno los hechos y señalamientos en este caso, es importante manifestar que la señora Zindian Margaret Travieso, madre de la víctima, ha manifestado expresamente estar resuelta a llevar este caso hasta sus consecuencias finales que no son otras que la consumación de una sentencia ajustada a lo que establece la ley en contra de la persona señalada de cometer el crimen.

Travieso acudió directamente ante la redacción de NAM para recordar, paso a paso el viacrucis que le ha tocado transitar “ante la intención de la contraparte de trastocar la realidad del caso pretendiendo con esa actuación eludir su responsabilidad”.

Este martes, se hará una audiencia preliminar que, a decir de Travieso, de no haber sido por su constancia y por la de su equipo de juristas, incluyendo la de algunos de los comisarios de Criminalística, quienes, con gran profesionalismo y responsabilidad se abocaron siempre en busca de la verdad en la insistencia de validar todas las evidencias que señalan a la imputada, dicha audiencia no se habría realizado y la responsable estaría gozando de una libertad que no le corresponde, aun cuando trataron, por todos los medios, de adulterar las pruebas y fabricar una versión que, en palabras de Travieso, no tiene sustento.

Cronología de los hechos

  • Zindian acude a las 6.00 pm al apartamento donde vivía su hijo Manuel Alejandro, situado en la avenida 72 y, donde tenía esos encuentros “clandestinos” con la imputada Vivian Liliana en una relación que Zindian desaprobaba al ser extramarital por parte de la mujer que era mayor que su hijo, estaba casada y con tres vástagos.
  • Cuando Zindian no recibe respuesta de su hijo, llama por teléfono a Vivian y ésta le dice que ellos amanecieron juntos hasta las 8.30 am de ese día 4 de enero de 2019 (la necropsia reveló como hora de muerte de Manuel Alejandro las 30 am de ese mismo día ¿?
  • En vista de que no había forma de abrir la puerta, Zindian va en busca de Vivian y ambas llegan al edificio, Vivian localiza un cerrajero para que rompa la reja para poder entrar y al entrar se encuentran con una escena dantesca.
  • Zindian y su esposo entran a la habitación de Manuel y lo encuentran tirado en la cama con un disparo, aparentemente efectuado por él mismo en un presunto acto de suicidio, en la escena es observó la pistola y el celular de la víctima cerca de su cuerpo.
  • Zindian manifiesta que su esposo la saca del cuarto y regresa al mismo y se percata de que Vivian había alterado la escena del crimen; la mujer movió del sitio el arma de fuego y tomó el celular de la víctima ¿?
  • Un comisario del CICPC, actuante dentro de la Unidad de Investigaciones de Homicidios de quienes efectuaron el levantamiento del cadáver reclama a Vivian su acción de alterar la escena del crimen ¿Por qué movió el arma de fuego? y es ese detalle el que le enciende a Zindian y a su esposo el bombillo de sospechar sobre la tesis del suicidio.
  • Pasado ese primer trago amargo, ya en el velorio de su hijo, Zindian recibe, de parte de Vivian, la información de que Manuel Alejandro había dejado la cantidad de 10 mil dólares que ella (Vivian) sabía dónde estaban.
  • El comentario a Zindian le pareció totalmente fuera de lugar justo en el momento del velorio y aquello le encendió aún más la suspicacia a la madre de la víctima, quitándole por completo la idea del suicidio y pasando a sospechar fuertemente que a su hijo lo habían asesinado
  • Zindian asegura que Vivian le dijo a su papá (al papá de Zindian) que debido a la “negativa de Zindian de hablar con ella (Vivian) Manuel había decidido dejarle a ella (a Vivian) los 10 mil dólares, lo que terminó convenciendo a Zindian de que no se trataba de suicidio, por lo cual, Zindian acude sin pérdida de tiempo al CICPC.
  • Fue el día 6 de febrero cuando los padres de Manuel Alejando son atendidos en el CICPC, donde Zindian expone todas sus dudas y su firme convicción de que a su hijo lo mataron.
  • Se abre una investigación pasando el caso a la Fiscalía 11ª de Homicidios y se solicita la exhumación del cadáver para un nuevo estudio patológico.
  • En la necropsia realizada en primera instancia, se confirmó que el disparo fue de izquierda a derecha a más de 20 centímetros de distancia. Manuel era diestro, no zurdo ¿? La experticia realizada durante esa primera exhumación lo confirma y confirma además la distancia desde donde se accionó el arma que no concuerda con la lógica de un suicidio.
  • La Fiscalía 11ª solicita además al CICPC la realización de una prueba de luminol en la escena del crimen arrojando el sorprendente resultado de que Manuel Alejandro recibió el impacto de bala en el pasillo del apartamento y luego fue llevado a la cama para simular que había sido allí donde él mismo se había disparado.
  • Ante tales evidencias, la Fiscalía 11ª solicita al Tribunal Noveno 9º de Control la detención de Vivian Liliana Jaimes Orduz por el delito de homicidio calificado Solicitud expresa el día 13 de marzo de 2020, siendo ese mismo día detenida la precitada ciudadana.

Orden de aprehensión emitida contra la ciudadana Vivian Liliana Jaimes Orduz

Comienza el amañamiento

  • Todos estos detalles los expone Zindian en la misiva entregada al magistrado Marco Antonio Medina Salas con la intención de que queden por sentadas las irregularidades pretendidas para vulnerar la verdad y en este sentido, siguiendo la cronología detallada por Zindian Travieso, se expresó en dicha carta que, el Dr. Manuel Araujo, abogado defensor de la imputada recusa a la Fiscalía 11ª pasando el caso a la Fiscalía Cuarta 4ª de Homicidios.
  • Se atraviesa la pandemia del COVID-19, hacen un ajuste de casos en el Tribunal y pasan esta causa al Tribunal Décimo 10º de Control, donde se realizó una primera audiencia determinándose la nulidad del acto conclusivo y se ordena una nueva etapa de investigación. ¿?
  • La causa regresa al Tribunal Noveno 9º de Control, donde se ordena una segunda exhumación por el mismo juez que presenció la primera exhumación ¿? Y se nombra un correo especial al Dr. Manuel Araujo, defensor de la imputada, para que sea él quien ubique a la médico forense que realizará esta segunda experticia, nada menos que en la ciudad de Coro, estado Falcón.
  • Esta forense –asegura Zindian- determina lo contrario al resultado de la necropsia de ley practicada al cadáver y a los resultados de la primera exhumación y realiza una prueba anticipada de la declaración del cerrajero (aquel que ubicó Vivian para poder entrar el día del crimen al apartamento) quien cambió la versión que ofreció en primera instancia ante la Fiscalía.
  • Zindian señala que esa prueba anticipada fue ordenada por el juez “por si al cerrajero le daba coronavirus” antes de llegar al juicio donde tendría que declarar.
  • La señora Travieso, finalizada su extensa exposición de un conjunto de hechos irregulares, realiza la denuncia y solicita que se tomen las acciones necesarias para encarrilar el caso por las vías de lo correspondiente, de acuerdo con la ley y se confirmen los resultados arrojados en las experticias practicadas por la Unidad de Criminalística con presencia de fiscales y jueces que la avalan.

Ante tal exposición que resulta difícil de refutar, por cuanto concuerda con todo lo ocurrido a lo largo de dos años de seguimiento de este caso, se ordenó la verificación de que la imputada, Vivian Liliana Jaimes Orduz estuviese detenida en los calabozos del CICPC y permanezca allí hasta su audiencia perliminar que se celebrará este martes, 20 de julio de 2021.

Este martes, 20 de julio es la audiencia preliminar contra Vivian Liliana Jaimes Orduz, ante el Tribunal Sexto 6º de Control.

La señora Zindian Travieso manifestó: “Es ilógico que un juez presente en una primera exhumación de un cadáver, quien luego avaló los resultados de dicha exhumación, aprobara después una segunda para verificar algo que ya estaba científicamente comprobado, fue un homicidio y no un suicidio”.

“Aunado a eso, puso en manos de la defensa de la imputada la búsqueda de una patólogo que practicara la evaluación tras la segunda exhumación, algo totalmente absurdo a todas luces, obviamente para desconocer el resultado de todo el protocolo de autopsia que ratifica el homicidio”.

“Eso lo denuncié –recalca Travieso- ante la Inspectoría de Tribunales en Caracas e hice una recusación ante el Tribunal en Maracaibo y denuncié además a la patólogo traída de Coro sobre la cual existe abierta una investigación de la causa”.

“En consecuencia, concluye Travieso, el Juez Noveno 9º de Control se inhibió de la causa y este martes, 20 de julio se realizará la audiencia preliminar ante el Tribunal Sexto 6º de Control”

Por si fuera poco

Travieso logró constatar, a través de sus fuentes, que la imputada, Vivian Jaimes, “se la pasaba por los pasillos del CICPC en Maracaibo, con toda la libertad del mundo, por todas las instalaciones, en el comedor y la denuncié directamente con el Comisario Jefe C/J CICPC Douglas Rico y gracias a sus buenos oficios, la imputada regresó de nuevo tras las rejas”.

El caso se torna interesante y habrá que estar muy al pendiente de cómo lo asuma el Tribunal Sexto 6º de Control y las acciones que se desprendan de esta audiencia preliminar.

De los inicios del caso

Para desgracia de Zindian Travieso, su hijo Manuel Alejandro conoce a esta Vivian Liliana gracias a que ella (Zindian) se la presentó a su hijo, porque, ésta era quien hacía las recargas de saldo que tanto le pedía Manuel a su madre que le hiciera el favor de hacer.

“Él me vivía diciendo que le recargara saldo, porque su trabajo le exigía hablar mucho por celular y yo lo hacía, hasta que decidí, en mi lógica, presentarlo directamente con la mujer de las recargas para agilizar ese proceso y que él pudiera recargar directamente con ella. Se conocieron y se gustaron”.

Zindian recuerda que sostuvieron un romance clandestino, pues Vivian era casada y tenía tres hijos con su esposo. Pero su relación se convirtió en algo patológico: “Ella se obsesionó con mi hijo a tal modo que lo perseguía y lo hostigaba, en consecuencia, Manuel decidió romper con esa relación y eso fue peor, porque Vivian entonces, se obsesionó más con mi hijo y lo vivía acosando”.

Tras todo este largo proceso, se imputa a Vivian por la comisión de un hecho punible catalogado como crimen pasional.

La familia Fuenmayor Travieso, no desea dinero, no desea armar un show con este caso, ni desea hacer más de lo que legalmente corresponde, lo único que esta familia desea es que se haga justicia con la muerte de su hijo Manuel Alejandro Fuenmayor Travieso y la responsable pague la condena que establezca la legislatura conforme se demuestre su culpabilidad en el hecho punible del cual se le imputa.

NAM/Equipo de Sucesos