domingo 12 de mayo de 2024

¡DE MANERA INMEDIATA! Tribunal Supremo de España permite la exhumación de Franco

Este lunes el Tribunal Supremo de España ha hecho público su fallo sobre el recurso presentado por los nietos del dictador Francisco Franco. El alto Tribunal avala que la exhumación se pueda producir inmediatamente, puesto que sostiene que no hace falta licencia urbanística para llevar a cabo el traslado de los restos del dictador y rechaza todos los puntos de la apelación de la familia Franco.

Aunque el tribunal ya dio a conocer el pasado martes su decisión, no ha sido hasta hoy cuando ha notificado la sentencia con los argumentos jurídicos que la sostienen.

Así, el Supremo respalda el decreto del Consejo de Ministros 10/2018, que los recurrentes tachaban de inconstitucional, en el que se decidió la exhumación de los restos de Franco del lugar privilegiado en el que se encontraban, enterrados frente al altar mayor de la Basílica del Valle de los Caídos, en el norte de Madrid. Se trata de un complejo monumental que el propio dictador mandó construir, utilizando para ello como mano de obra a presos políticos, y que alberga en su interior en varios columbarios más de 33.000 cuerpos de combatientes de ambos bandos de la Guerra Civil española.

El órgano judicial también descarta que se afecte a la libertad religiosa, sino que la decisión del Gobierno atiende a la Ley de Memoria Histórica «en un inmueble monumental de titularidad pública«, y también asevera que «no lesiona el derecho a la intimidad familiar» justificando que «aunque comprende el derecho a elegir el destino de los restos de los familiares, no es un derecho absoluto», por lo que puede ser limitado en casos de interés público, como en este caso, ya que «no se trata de una sepultura particular».

El documento firmado por unanimidad por los seis magistrados de la Sección Cuarta de la Sala Tercera del Tribunal Supremo advierte de que no hay infracción del Acuerdo con la Santa Sede de 1979 que reconoce la inviolabilidad de la Basílica como lugar de culto, puesto que esta inviolabilidad debe producirse «con arreglo a las leyes» y puesto que el acuerdo del Consejo de Ministros es constitucional, el Prior no puede impedir la entrada a la Basílica.

Licencia urbanística 

También cierra la puerta al recurso presentado en un juzgado de Madrid que mantenía paralizada la licencia de obras para llevar a cabo la exhumación. La sentencia conocida hoy alega que «no es una obra mayor» ni contradice las normas del Ayuntamiento del municipio en el que se encuentra el complejo, San Lorenzo del Escorial. Así, afirma que la obra, al ser acordada por el Consejo de Ministros no necesita licencia municipal.

Asimismo, el órgano colegiado ha fallado también contra la pretensión de la familia del dictador de enterrar sus restos en la Catedral de la Almudena, en pleno corazón de Madrid y junto al Palacio Real. El fallo alega diferentes motivos para llegar a esta conclusión, como la seguridad que requeriría en este entorno y la significación que podría adquirir este enterramiento en un lugar que se podría convertir en un símbolo de la sublevación militar, la Guerra Civil y la represión de la Dictadura.

NAM/RT