sábado 6 de junio de 2026

¡VIOLENCIA DOMÉSTICA! Conceden orden de protección por Ley 54 contra Ricky Martin

Una orden de protección por una denuncia al amparo de la Ley 54 de Violencia Doméstica, fue expedida ayer contra Enrique José Martín Morales, conocido artísticamente como Ricky Martin, por la jueza Raiza Cajigas Campbell, quien citó a las partes a una vista el próximo 21 de julio, cuando expira la vigencia de la orden.

En el documento, radicado electrónicamente, el peticionario compareció por derecho propio y “a base de la prueba presentada, este tribunal declara Ha Lugar la orden de protección”, establece la orden.

Las partes se relacionaron por 7 meses. Se separaron hace 2 meses, pero el peticionado no acepta la separación. Lo llama con frecuencia. Además, el peticionario lo ha visto merodeando su residencia en al menos 3 ocasiones. El peticionario teme por su seguridad”, se alega en el documento.

La orden señala que “la parte peticionaria demostró que existe una posibilidad sustancial de riesgo inmediato de maltrato”.

Además, se “ordena a la parte peticionada abstenerse de acercarse, molestar, intimidar, amenazar o de cualquier otra forma interferir con la parte peticionaria”. Se le ordena también “abstenerse de realizar llamadas telefónicas y de enviar mensajes de texto o de voz a los números telefónicos personales, de trabajo, de familiares, amigos (as) de la parte peticionaria”. Se hace extensiva además a correos electrónicos y redes sociales.

Policía diligencia orden de protección

«Como establece la naturaleza del proceso de carácter civil, desde el momento en que la Uniformada recibió copia de la Orden de Protección, a través del nuevo Centro de Operaciones y Procesamiento de Órdenes de Protección (COPOP) de la Policía de Puerto Rico, se coordinó su diligenciamiento por parte de los agentes adscritos al cuartel de Dorado«, confirmó La Policía en declaraciones escritas.

Martin posee residencia en Dorado. Está casado desde 2017 con el artista sirio Jwan Josef.

Por tratarse de un caso bajo la Ley 54, no se revela el nombre de la parte peticionaria.

NAM – El Vocero de Puerto Rico 


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