Mediante la Gaceta Oficial 42.364 de fecha 25 de abril de 2002 quedó oficializada la declaración de Estado de Emergencia en los estados Zulia, Mérida, Trujillo, Táchira, Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital, y la Gran Caracas, el cual tendrá una vigencia de 90 días.
El decreto gubernamental encarga al Ministerio de Relaciones Interiores, Justicia y Paz, a través de la Dirección Nacional de Protección Civil y Administración de Desastres, la elaboración de un Plan de Acción Específico para el retorno a la normalidad de las áreas antes señaladas.
El Plan de Acción Específico permitirá definir claramente las formas y modalidades de participación de las ciudadanas y los ciudadanos, así como de las personas jurídicas privadas en la
preparación o atención de emergencias o desastres en los afectados por las lluvias así como determinar las tareas de rehabilitación o reconstrucción que fueren necesarias.
El presidente Nicolás Maduro encomienda en dicho decreto a la vicepresidenta ejecutiva de la República y a los Ministros del Poder Popular; para Relaciones Interiores Justicia y Paz; de Planificación; de Economía, Finanzas y Comercio Exterior; de Defensa; para Hábitat y Vivienda; para la Salud; de Atención de las Aguas; para el Ecosocialismo; para las Comunas y los Movimientos Sociales; para la Energía Eléctrica; de Obras Públicas; y de Petróleo de encargarse de la Ejecución del presente decreto.
NAM – Edgar Bolívar
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