jueves 4 de junio de 2026

TSJ admite demanda por intereses colectivos y difusos contra alcaldesas de Maracaibo y San Cristóbal

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) admitió este martes 11 de julio las acciones por intereses colectivos interpuesta por grupos de ciudadanos contra las alcaldesas de los municipios Maracaibo del estado Zulia y San Cristóbal del estado Táchira, Eveling Trejo Álvarez y Patricia Gutiérrez Fernández.

El TSJ ordenó que las alcaldesas procedan a la «inmediata remoción de obstáculos y se mantengan las vías y zonas adyacentes a éstas, libres de barricadas, residuos, escombros y de cualquier otro elemento que pueda ser utilizado para obstaculizar la vialidad urbana».

Asimismo, se les ordenan «cumplir con su labor de ordenación del tránsito de vehículos a fin de garantizar un adecuado y seguro desplazamiento por las vías públicas de sus respectivos municipios; ejercer la protección de los vecinos y habitantes, impidiendo reuniones en las vías públicas que coarten el libre tránsito y en las que se consuman bebidas alcohólicas y sustancias estupefacientes y psicotrópicas».

Finalmente, las sentencias señalan que de «conformidad con lo establecido en el artículo 29 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, los mandamientos de amparo constitucional cautelar deben ser acatados por ambas alcaldesas, sin pena de incurrir en desobediencia a la autoridad y exponerse a la sanción prevista en el artículo 31 eiusdem.»

NV1