jueves 4 de junio de 2026

¡SEPA QUÉ IMPLICA SU ACTIVACIÓN! Decreto de Estado de Conmoción Exterior ya está firmado

En medio de una creciente escalada retórica y militar por parte de Estados Unidos, el gobierno de la República Bolivariana de Venezuela, que preside Nicolás Maduro ha puesto sobre la mesa la posibilidad de decretar el Estado de Conmoción Exterior en Venezuela.

Esta figura, prevista en la Carta Magna venezolana, se activaría como un mecanismo legal de defensa ante lo que el Ejecutivo considera una amenaza inminente de agresión externa e intervención por parte de Estados Unidos bajo la administración de Donald Trump.

En este sentido, la Vicepresidenta Ejecutiva, Delcy Rodríguez durante un encuentro este lunes 29 de septiembre con el Cuerpo Diplomático de la nación, explicó el objetivo y el alcance del Estado de Conmoción Exterior, el cual está contemplado en el Articulo 236 de la Constitución.

¿Qué es el Estado de Conmoción Exterior en Venezuela?

El Estado de Conmoción Exterior es uno de los tres estados de excepción contemplados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV). Y  desarrollados en la Ley Orgánica sobre Estados de Excepción de 2001.

  • Definición Legal: Se decreta «en caso de conflicto externo que ponga seriamente en peligro la seguridad de la Nación, de sus ciudadanos y ciudadanas, o de sus instituciones» (Artículo 14).
  • Motivo de Activación: Busca dotar al Estado de herramientas legales para defender la soberanía nacional, la integridad territorial y la estabilidad institucional ante amenazas militares o acciones hostiles provenientes del exterior.
Implicaciones y controles de la medida

La declaratoria de conmoción exterior es una medida de emergencia que otorga amplias facultades al Ejecutivo, pero que está sujeta a controles y limitaciones constitucionales:

  1. Facultades Ampliadas: El Ejecutivo puede adoptar medidas extraordinarias en los ámbitos social, económico, político o ecológico (gastos no previstos, racionamiento, requisa temporal de propiedades con compensación, movilización de la FAN).
  • Control Parlamentario: Requiere la aprobación de la Asamblea Nacional en un plazo de ocho días.

2. Garantías Constitucionales: implica la limitación temporal de ciertas garantías constitucionales.

  • Derechos Intangibles: Nunca se pueden limitar derechos fundamentales como la vida, la libertad personal, la integridad física o el debido proceso

3. Duración: Tiene una duración inicial de hasta 90 días, prorrogables por otros 90 días, previa aprobación de la Asamblea Nacional.

  • Control Judicial: El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) debe pronunciarse sobre su constitucionalidad en un plazo de diez días.

A su vez, El marco legal venezolano exige proporcionalidad, necesidad y temporalidad, en línea con los principios del derecho internacional.

En consecuencia, la ley prohíbe expresamente la suspensión de 14 derechos fundamentales.

Defensa territorial

La evaluación de activar esta figura surge como respuesta a la hostilidad y las amenazas de intervención emitidas por la administración de Donald Trump, incluyendo su advertencia de «borrar del mapa» al gobierno legitimo de Maduro y el despliegue de buques militares en el Caribe.

La medida es vista por el gobierno como un mecanismo de defensa integral, no de confrontación, aun cuando esta acción formaliza su preparación legal ante el escalamiento militar y diplomático.

NAM/VN

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